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Seguridad e Higiene

Indicaciones a seguir ante un siniestro

INCENDIO

1

Si observa la presencia de humo o fuego, comuníquelo urgentemente a las autoridades o al personal de vigilancia que se encuentra ubicado en los accesos a los edificios.

2

Si cree posible apagar el principio de incendio mediante extintores, utilíceselos actuando preferentemente con otro compañero. Es importante que se sitúe entre la puerta de salida y las llamas.

3

Abandone el edificio al sonar la alarma y siga las instrucciones del jefe de emergencia o de los líderes de los sectores.

4

Cuando evacúe, no entre en pánico ni transporte objetos o bultos que puedan dificultar el desplazamiento.

5

Es importante que advierta la presencia de personas con dificultades motrices para atención especial.

6

Al descender por una escalera o rampa, hágalo por mano derecha y no se adelante ni cambie el orden de la fila.

7

Diríjase hacia el punto de encuentro o zona de reunión fuera del establecimiento.

8

El jefe de emergencia y los líderes de los sectores serán los últimos en salir del edificio.

9

Nunca vuelva a la oficina para buscar computadora, celular, portátil ni cualquier otro objeto.

FUGA DE GAS

1

Corte el suministro de energía eléctrica y de gas

2

Abandone el edificio al sonar la alarma y siga las instrucciones del jefe de emergencia o de los líderes de los sectores.

3

Cuando evacúe, no entre en pánico ni transporte objetos o bultos que puedan dificultar el desplazamiento.

4

Es importante que advierta la presencia de personas con dificultades motrices para atención especial.

5

Al descender por una escalera o rampa, hágalo por mano derecha y no se adelante ni cambie el orden de la fila.

6

Al descender por una escalera o rampa, hágalo por mano derecha y no se adelante ni cambie el orden de la fila.

7

El jefe de emergencia y los líderes de los sectores serán los últimos en salir del edificio.

8

Nunca vuelva a la oficina para buscar computadora, celular, portátil ni cualquier otro objeto.

SISMO

1

Abandone el edificio al sonar la alarma y siga las instrucciones del jefe de emergencia o de los líderes de los sectores.

2

Cuando evacúe, no entre en pánico ni transporte objetos o bultos que puedan dificultar el desplazamiento.

3

Es importante que advierta la presencia de personas con dificultades motrices para atención especial.

4

Al descender por una escalera o rampa, hágalo por mano derecha y no se adelante ni cambie el orden de la fila.

5

Diríjase hacia el punto de encuentro o zona de reunión fuera del establecimiento.

6

El jefe de emergencia y los líderes de los sectores serán los últimos en salir del edificio.

7

Nunca vuelva a la oficina para buscar computadora, celular, portátil ni cualquier otro objeto.

Accidente in itinere

“In itinere” es una locución latina que significa “en el camino”. Este término aplicado al mundo de los accidentes hace referencia al siniestro que le puede ocurrir a un trabajador durante el trayecto desde su domicilio hasta el trabajo y viceversa.

El accidente in itinere en Argentina se encarga de proteger al trabajador en relación de dependencia frente al hecho de trasladarse para prestar sus servicios o para volver a su hogar luego de cumplir con su jornada laboral.

Algunas veces, surgen dudas respecto a en qué casos de accidente in itinere la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) debe cubrir al asegurado. Por ello, a continuación vamos a responder algunas de las preguntas más frecuentes en relación a la información oficial que proporciona el gobierno nacional.

DEFINICIÓN

El artículo 6 de la ley 24.557 reza:

Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.

¿Qué criterios se tienen en cuenta para calificar un accidente in itinere?

Se toman en cuenta para calificar el accidente los horarios de entrada y salida, y el camino más corto y directo.

¿Se puede modificar el trayecto?

Si, el accidente in itinere Ley 24557 hace referencia a esta circunstancia. El art. contempla: “El trabajador podrá declarar por escrito ante el empleador, y éste dentro de las setenta y dos (72) horas ante el asegurador, que el itinere se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, debiendo presentar el pertinente certificado a requerimiento del empleador dentro de los tres (3) días hábiles de requerido.

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